A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Municipio De Pereira Risaralda·Demandado Castillo Lucy
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo de Pereira, Risaralda y el Juzgado Segundo Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia se originó con ocasión de una solicitud de ejecución de costas judiciales interpuesta por el municipio de Pereira, Risaralda, ante un juzgado administrativo, en contra de una ciudadana, aprobadas en proceso anterior por el mismo Despacho.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión del auto 008/22, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Segundo Administrativo de Pereira, Risaralda, para lo de su competencia y comunique la decisión al Juzgado Segundo Civil Municipal de la misma ciudad y a los sujetos procesales interesados dentro del trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Pereira, Risaralda y el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Pereira, Risaralda es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por el municipio de Pereira, Risaralda contra la señora Lucy Castillo.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3143 al Juzgado
- Segundo. Administrativo de Pereira, Risaralda para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de la misma ciudad y a los sujetos procesales interesados en el trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.